
El Ayuntamiento de Torrent ha dado un toque de atención a los funcionarios que no respetan la duración de las pausas reglamentarias de 30 minutos a que tienen derecho y ha decidido poner fin a la falta de control sobre este tiempo de descanso. La advertencia es clara: a quien se exceda se le descontará del sueldo la parte proporcional, con posibilidad de sanción si el caso en cuestión lo requiriese.
Desde la Concejalía de Recursos Humanos y Régimen Interior, a cargo de la teniente de alcalde Amparo Folgado, se ha hecho llegar a todo el personal del Consistorio las medidas que se van a adoptar para atajar el problema que, según estimas desde el Ayuntamiento de Torrent, se había detectado últimamente.
LAS PROVINCIAS ha tenido acceso a ese documento, enviado por correo electrónico interno ayer a los cerca de 400 funcionarios, lo que ha provocado reacciones de distinto carácter, algunas de malestar en un sector que considera que no se debe generalizar.
El turno de descanso por excelencia es la hora del almuerzo. Los funcionarios disponen de media hora, pero en Torrent había un reducido grupo de ellos que la excedían con creces.
Asimismo se daba el caso de que se acudía en grupo a desayunar, incumpliendo de esta forma la necesaria organización de turnos para que ello no repercuta en el normal funcionamiento de la institución, en especial a la hora de dar servicio a la ciudadanía.
Principio de conducta
La concejala responsable de esta decisión recuerda en su circular interna a los funcionarios la obligación de registrar, además de las entradas y salidas al comienzo y final de la jornada, las de la pausa que se realice durante la misma. Con ello se demostraría que se ha cumplido con la jornada y horario laboral como "principio de conducta" recogido en el artículo 54 del Estatuto Básico del Empleado Público, además de lo que marcan las normas vigentes sobre jornada y horario laboral.
Tal y como se señala en la circular, "el exceso en la pausa dará lugar a una deducción proporcional de haberes con efecto automático en la nómina mensual, como consecuencia de la no realización de la jornada definida para esta Administración".
Ello se hará de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 7/1985, resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado y previsión del artículo 30 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Amparo Folgado recuerda en la misiva distribuida ayer entre todo el personal funcionario del Ayuntamiento de Torrent que esta actuación "no tiene carácter de sanción, lo que no prejuzga que el funcionario no pueda ser sancionado si, a ello, hubiere lugar".
Cabe recordar que el actual equipo de gobierno de Torrent aplicó medidas de choque para mejorar la atención pública a la hora de hacer gestiones en el ayuntamiento.
Por ese motivo, desde el pasado mes de enero, el horario de atención al público ha pasado a ser de 8 a 20 horas, sin interrupción a la hora de la comida. Esta medida ha contado con una buena aceptación por parte de los usuarios.












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